EFE.- En julio de este año, el Supremo ya anuló otra expropiación para parte del tramo Arnuero-Santoña, con el mismo argumento que en esta ocasión: que la franja expropiada "excedía de lo estrictamente imprescindible".

En una sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, la Sala de lo Contencioso Administrativo del TS estima el recurso presentado por los propietarios de ese terreno que, según puntualiza el Alto Tribunal en su resolución, no estaban en contra de esta obra, sino de la expropiación del pleno dominio del terreno.

En concreto, se trata de unos terrenos en los que estaba previsto hacer un camino de servicio a lo largo de toda la conducción de agua soterrada.

La sentencia explica que los técnicos del Gobierno regional consideraron imprescindible ese camino de servicio sobre la tubería por la "vital importancia estratégica" de la Autovía del Agua.

Pero el TS considera que supone "un sacrificio desproporcionado" que se fijara una franja de cinco metros de anchura de terreno para contar con una zona de servidumbre de la Autovía del Agua, y señala que ese fin se podría haber logrado "por un medio menos gravoso".

Además, indica que fue presentado "a posteriori" un informe facilitado del Gobierno cántabro para argumentar la expropiación de pleno dominio para construir este camino de servicio.

El TS incide en que este informe no fue notificado a los afectados por la expropiación, además de tratarse de "una explicación construida a posteriori".

Por ello, la Sala del Alto Tribunal señala que "es cuanto menos dudoso" que ese documento fuera "un sólido fundamento" para que el Tribunal Superior de Justicia de Cantabria desestimara en primera instancia el recurso de los propietarios de los terrenos.

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