El Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA) ha recordado en su web que hay un canal habilitado por el Servicio Nacional de Coordinación Antifraude del Ministerio de Hacienda para comunicar cualquier irregularidad o casos de fraude en torno a las ayudas europeas de la Política Agrícola Común (PAC).
El FEGA invita a que cualquiera que conozca «un hecho que pueda ser constitutivo de fraude o irregularidad en relación con proyectos u operaciones financiados con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Garantía (Feaga) y al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader)» lo comunique a Antifraude.
Según ha precisado, su objetivo es «cumplir con la máxima transparencia y eficacia en el ámbito de prevención y lucha contra el fraude en los fondos agrícolas» y para ello adjunta el enlace web donde se puede cursar, con garantía de confidencialidad, la denuncia.
Por eso, deja claro en su web que cualquiera que desee poner en conocimiento del Servicio Nacional de Coordinación Antifraude hechos que puedan ser constitutivos de fraude o irregularidad en relación con proyectos u operaciones financiados con cargo a fondos procedentes de la Unión Europea, puede utilizar el canal habilitado al efecto por el citado Servicio, y al que se puede acceder a través del siguiente enlace.
Los aspectos fundamentales del citado canal de comunicación se encuentran contenidos en la Comunicación 1/2017, de 6 de abril, del Servicio Nacional de Coordinación Antifraude, que puede consultar en el apartado de normativa y otra documentación.
Con carácter previo a la eventual remisión de información puede usted plantear a dicho Servicio, a través de la siguiente dirección de correo electrónico (consultasantifraude@igae.hacienda.gob.es), las cuestiones que estime oportunas en relación con la forma y requisitos con los que la información debe ser remitida, el tratamiento que se dará a la misma, y, en general, cualquier aspecto relativo a la remisión de información a través del presente canal de comunicación.
Asimismo, se garantiza un análisis de la información remitida, la garantía de confidencialidad y la no condición de interesado.
Pues podiamos comenzar demandando a la administración que paga cuando quiere las indemnizaciones por sacrificio obligatorio enfermedades animales y no a los 90 dias. Son fondos europeos de la PAC y a partir del 4º mes debía devolver lo no abonado O porque paga lo que quiere y no su valor como marca la Decisión (UE) 2008/341…pero claro…
También es ilegal emplear el gamma- interferón e interpretaciones severas de tuberculina en rebaños positivos no infectados confirmados de M. Bovis; o no emplear la prueba simple en rebaños donde no hay infección confirmada M. Bovis; o no realizar la confirmación del diagnóstico en todos los bovinos sospechosos sacrificados…en fin que debían dar ejemplo..