La organización WWF ha cifrado en 525 hectáreas, la superficie de monte público propiedad de Ayuntamiento del entorno de Doñana que incumplen la Ley Forestal Andaluza, al haber sido transformados para albergar cultivos en regadío con posterioridad a su entrada en vigor en 1992.

Concretamente, según ha informado la organización en un comunicado, del total 393 hectáreas se localizan en Lucena del Puerto, 124 en Moguer y 8 en Bonares; la información parte del marco normativo del Plan especial de la corona forestal.

la organización ecologista pide a los ayuntamientos que se abran los expedientes sancionadores oportunos o se denuncie a la Fiscalía

A efectos de la regularización de las superficies de regadío, se tiene en cuenta la Ley Forestal Andaluza de 1992, por lo que una finca no se puede transformar de forestal a agrícola con posterioridad a la aprobación de dicha Ley sin tener la autorización correspondiente.

WWF ha puesto en conocimiento de los ayuntamientos, a través de sendos escritos dirigidos al alcalde y al secretario municipal, de la situación de estos cultivos agrícolas ubicados en zonas de monte público.

Además, les ha solicitado que, dentro de sus obligaciones como cargos públicos y con las competencias asumidas para la gestión de los montes públicos, analicen cada caso de acuerdo con la información proporcionada, la afección existente y, en su caso, se abran los expedientes sancionadores oportunos, en orden al restablecimiento de la legalidad quebrantada, o se denuncie ante la Fiscalía aquellos casos que puedan constituir un delito, por ejemplo, contra la ordenación del territorio.

Por otra parte, WWF ha mostrado su oposición a la petición realizada por la Plataforma en Defensa de los Regadíos del Condado, de reubicar aquellas fincas que no cumplen con los criterios legales, en otros lugares del Condado.

A juicio de WWF esto supondría «premiar al que durante años ha incumplido normativas como la Ley de Montes de Andalucía o el POTAD, por ejemplo, cultivando fresas en regadío en espacios de monte público».

Según la organización, los fondos públicos destinados al Plan sólo pueden ser usados para reubicar fincas que, cumpliendo con la legalidad, sea oportuno trasladar por cuestiones ambientales o de ordenación del territorio: «En otro caso se estaría creando una desigualdad manifiesta entre quien ha respetado la ley todos estos años y quien la ha estado incumpliendo de forma continuada».

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