El Gobierno ha fijado limitaciones a la venta a pérdida para evitar prácticas desleales de las empresas a los consumidores, mediante una nueva regulación que incluye el real decreto ley de medidas urgentes para el impulso de la competitividad económica en el sector industrial y comercial aprobado este viernes 7.
La ministra de Industria, Comercio y Turismo, Reyes Maroto, ha explicado este viernes 7, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, que la regulación de la venta a pérdida es una medida muy necesaria para dar certeza jurídica a los operadores.
Según la nueva regulación, mediante la modificación de la ley de ordenación del comercio minorista, las ventas con pérdida se reputarán desleales «cuando sean susceptibles de inducir a error a los consumidores acerca del nivel de precios de otros productos o servicios del mismo establecimiento».
Planas: «Un paso para la preservación del valor de los productos agroalimentarios en toda la cadena, en beneficio de los agricultores y ganaderos”
También se considerarán desleales cuando tengan por efecto desacreditar la imagen de un producto o de un establecimiento ajeno, o formen parte de una estrategia encaminada a eliminar a un competidor o grupo de competidores del mercado.
Con la nueva normativa de limitaciones a la venta a pérdida, no será ilícito vender un producto por debajo de coste mientras no se den uno de estos tres supuestos mencionados: una venta a pérdida engañosa, denigratoria, o predatoria.
Por su parte, el ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, Luis Planas, ha declarado que el Real-Decreto Ley es muy positivo, porque supone volver a reintroducir la prohibición de la venta a pérdidas, con más seguridad jurídica y conforme a las normas de la Unión Europea (UE) sobre prácticas desleales de las empresas a los consumidores.
Con la norma aprobada y con la Ley para la mejora del funcionamiento de la Cadena Alimentaria, se dan “pasos adelante para la preservación del valor de los productos agroalimentarios en toda la cadena, en beneficio de los agricultores y ganaderos”, según Planas en su valoración a estas limitaciones a la venta a pérdida.
Con esta medida, no sólo se da cumplimiento a una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), sino que también se incorpora certeza y protección al conjunto de prácticas comerciales, ha indicado el ministerio en un comunicado.
Se eliminan trabas administrativas innecesarias para lograr el objetivo de promocionar la actividad comercial
El Real Decreto-Ley incluye modificaciones a la ley de mejora del funcionamiento de la cadena alimentaria y de la defensa de la calidad alimentaria, «necesarias ambas a afectos de adecuar el ordenamiento jurídico estatal a los últimos pronunciamientos del Tribunal Constitucional en la materia», ha detallado el Gobierno en un comunicado.
Asimismo, se modifican dos artículos de la ley de ordenación del comercio minorista para suprimir los registros de franquiciadores y de empresas de ventas a distancia, ya que suponen una traba, sin aportar beneficios a consumidores y compañías.
Con la eliminación de trabas administrativas innecesarias se persigue el objetivo de promocionar la actividad comercial.
El real decreto ley incluye, además, una serie de medidas que reducen las cargas administrativas de las empresas, algo que siempre es positivo, aunque todavía queda mucho por hacer en esta materia, ha agregado.
La ministra ha destacado que el comercio es un sector muy importante en España y en el que el Gobierno está trabajando también con proyectos como la creación del observatorio 4.0, que se constituirá el próximo 19 de diciembre y que permitirá afrontar el reto de digitalización, una de sus principales preocupaciones.