Bruselas ha excluido de la financiación con cargo a los fondos europeos Feaga y Feader a determinados gastos agrícolas efectuados por 14 estados comunitarios por «no ajustarse al Derecho de la Unión», entre los que se encuentra España, con un importe total de 6.566.676,29 euros.

Según la Decisión de Ejecución 2019/949 que este martes 11 publica el Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE), estos gastos agrícolas excluidos de la financiación con cargo a fondos europeos Feaga y Feader corresponden a dos partidas presupuestarias (6701 y 6711) y, en el caso de España, a medidas adoptadas entre 2016 y 2018.

En la primera, a España le corresponde una incidencia financiera de -6.114.260 euros por errores, presentaciones fuera de plazo, deficiencias en controles o por incluir costes que no son subvencionables por varios tipos de acciones.

Las medidas afectadas son principalmente de programas operativos y retiradas de frutas y hortalizas, ayudas directas disociadas, ayudas Posei y liquidaciones de cuentas.

La segunda partida presupuestaria incluye a España con un importe de -452.416,29 euros, correspondiente a medidas sobre desarrollo rural, Feader, conocimiento e innovación y a liquidación de cuentas y certificación.

Según recoge el documento, de conformidad con el Reglamento (UE) n.o 1306/2013, únicamente puede financiarse el gasto agrícola que haya sido efectuado sin infringir el Derecho de la Unión, por lo que de las comprobaciones efectuadas, de los resultados de las reuniones bilaterales y de los procedimientos de conciliación se desprende que una parte de los gastos declarados por los Estados miembros no cumple esa condición y, por consiguiente, no puede ser financiada ni por el FEAGA ni por el Feader.

Asimismo, aclara que la presente Decisión se entiende sin perjuicio de las consecuencias financieras que, a juicio de la Comisión, se deriven de las sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en asuntos que se encontrasen pendientes en la fecha de 1 de abril de 2019.

(Foto: Archivo)

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