Por eso, ASAJA se ha dirigido oficialmente a la Administración denunciando esta situación porque "transcurrido ya un tiempo más que prudencial para que el canal HORECA se ajustase a la norma" de utilizar exclusivamente envases no rellenables en las salas de sus establecimientos "hemos constatado un alto grado de incumplimiento por lo que instamos a la administración que actúe exigiendo su cumplimiento", según señalaron tras finalizar la reunión de su Grupo de Trabajo.
Sin embargo, pese a esta exigencia, el resultado está aún por ver, no sólo por el rechazo que sigue provocando esta ley, sino por el papel de las administraciones a la hora de aplicarlo. En el primer caso, por ejemplo, el presidente de la Asociación de Hostelería de Cantabria, Emérito Astuy, en su despedida de su cargo yal hacer balance del año no dudo en calificar de "cacicada" la prohibición de que en las mesas hosteleras se sirva aceite en envase rellenable y que sea obligatorio en botellitas adquiridas a las empresas aceiteras, "una imposición del Gobierno de la nación", indicó.
Sobre el papel de las administraciones, el principal escollo es que deberán ser las Comunidades Autónomas las que deban forzar este uso e imponer sanciones en caso de incumplimiento, lo que impide que haya una posición conjunta en esta materia y máxime en un año que electoral en el que nadie quiere abrir un debate son sanciones al sector de la hostelería, bastante castigado ya por la crisis y una fuente importante de votos para muchas formaciones políticas.
Por eso, ya se habla de que la aplicación del Reglamento 1169/2011 de la UE amenaza con dejar chica la polémica sobre las aceiteras rellenables en los bares. La norma en cuestión obliga a informar al consumidor, desde el más humilde bar que ponga tapas junto a la caña hasta restaurantes de élite o comedores escolares y de hospitales, de la composición de cada uno de los platos y si contiene alguno de los catorce grupos de alérgenos alimentarios o de sustancias a las que se suelen presentar intolerancia.
Se trata del gluten de los cereales, leche y lactosa, el marisco, pescados, proteína de clara de huevos, frutos secos, sésamo, cacahuetes… Y todo ello oficialmente antes del 14 de diciembre, fecha en la que entrará en vigor el Reglamento de la UE, sin que se tenga que esperar a que otra norma estatal la desarrolle definitivamente, por lo que a partir de esa fecha si así lo estima la Administración podrían empezar a imponerse sanciones que, según fija el reglamento, alcanzan los 600.000 euros de multa.
Aunque si hasta ahora, que se sepa oficialmente, no se ha puesto ninguna por el uso ilegal de las aceiteras, difícilmente se espera que vaya a haber muchas por esta causa.