El Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente (Mapama) ha garantizado que las condiciones y cantidades del trasvase Tajo-Segura seguirán garantizando, como hasta ahora, los derechos de la cuenca cedente y establecer una concesión anual de 550 hectómetros cúbicos para los regantes del Tajo-Segura.

Fuentes del Mapama han apuntado a Efeagro, en este contexto, que «las condiciones estipuladas para el trasvase Tajo-Segura no van a cambiar en relación al umbral mínimo de reservas de la cuenca cedente», que está establecido, para 2017, en los 368 hectómetros cúbicos, y que en 2018 se situará en los 400 hectómetros cúbicos.

Desmiente establecer una concesión anual de 550 hectómetros cúbicos para los regantes del Segura

«Por debajo de este umbral de reservas de la cuenca cedente, los trasvases no se realizarán», han recordado las fuentes, que destacan la importancia de esta obra, que abastece a 2,5 millones de personas, gracias a una legislación «garantista» para evitar que cuando haya poca agua se siga trasvasando y a un sistema que aporta «seguridad normativa».

El Mapama desautoriza, así, las declaraciones efectuadas el jueves 31 por la Plataforma en Defensa de los Ríos Tajo y Alberche, sobre la presunta intención del Gobierno de establecer una concesión anual de 550 hectómetros cúbicos para los regantes del Tajo-Segura.

«Dichas declaraciones, de las que se ha hecho eco la propia Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, están llenas de imprecisiones y obvian tanto fundamentos legales como el proceso seguido en la resolución de expedientes de concesión a precario para las comunidades de regantes del Tajo-Segura», han añadido.

Las declaraciones se refieren a 62 expedientes sobre «concesión a precario», que suman un total de peticiones de 339 hectómetros cúbicos, ha subrayado el Ministerio.

Para el Mapama, las afirmaciones de la Plataforma «obvian la regulación, especialmente garantista, que ha impulsado este Ministerio, referida a las reservas de la cuenca cedente, la del Tajo».

Las condiciones estipuladas para el trasvase Tajo-Segura «no van a cambiar en relación al umbral mínimo establecido»

En tercer lugar, el Mapama ha apuntado que la Plataforma aseguraba que, en caso de que no se conceda agua a los regantes del Tajo-Segura, estos recibirán «indemnizaciones económicas que pagamos todos los españoles», extremo que el Gobierno niega.

Según han remarcado las mismas fuentes, las condiciones estipuladas para el trasvase Tajo-Segura «no van a cambiar en relación al umbral mínimo de reservas de la cuenca cedente que está establecido» y, por debajo de este umbral de reservas de la cuenca cedente, los trasvases no se realizarán.

«La cantidad de agua del trasvase Tajo-Segura se van a mantener en las cifras que vienen siendo habituales desde el comienzo del uso del acueducto, en los años 80. Hasta el momento, la media anual es de 353 hectómetros cúbicos anuales, y lo solicitado por dichos expedientes se queda en la cifra de 339 hectómetros cúbicos».

Además, la cifra solicitada en conjunto por esos expedientes está por debajo también de los 400 hm3/año que estableció para regadíos la Ley 52/1980 que regula la explotación del acueducto Tajo-Segura.

El Mapama alega que la concesión se seguirá realizando en régimen «a precario», es decir, «siempre y cuando haya agua» y «esto supone que no existe derecho a indemnización cuando el trasvase no se produzca por no llegarse al umbral mínimo de reservas».

Por otra parte, desde el Ministerio han recordado que la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha realizó, con fecha 11 de agosto, diversas alegaciones, al ser reconocida como interesada por las Resoluciones de estos expedientes de concesiones de aguas.

Un reconocimiento que proviene de la sentencia del Tribunal Supremo 1487/2016 de 21 de junio, y que la Dirección General del Agua del Mapama acató, concediendo trámite de audiencia a la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, han especificado las fuentes.

Tras ese reconocimiento, es la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha la única parte legalmente reconocida como interesada, y por lo tanto «la única que dispone de la documentación relativa a la resolución de los mencionados expedientes», no habiéndose reconocido legalmente como «interesada», en ningún caso, a la mencionada Plataforma de los Ríos Tajo y Alberche, han añadido las fuentes.

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