El Consejo de Ministros ha aprobado este viernes 10 un Real Decreto por el que se actualiza la normativa sobre la aplicación de los pagos directos a la agricultura y ganadería, así como sobre la gestión y control de los pagos directos y de los pagos al desarrollo rural de la Política Agraria Común (PAC).

En un comunicado, el Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente, ha señalado que también se han modificado la normativa sobre la asignación de derechos de régimen de pago básico, el sistema de información geográfica de parcelas agrícolas y las normas de la condicionalidad.

Se flexibilizan los requisitos en las SIE, para reducir el periodo que no pueden destinarse a la producción agraria a 6 meses

El citado Departamento ha precisado que de esta manera se incorpora la nueva Reglamentación de la Unión Europea y que todos estos aspectos, que se aplicarán en la campaña 2018, busca simplificar la gestión a los agricultores, mejorar el compromiso de la PAC con el medio ambiente y favorecer el relevo generacional.

Destacan los cambios relativos al pago para las prácticas agrícolas beneficiosas para el clima y el medio ambiente, al cultivo de cáñamo y a la información trasmitida por los Estados miembros a la Comisión Europea, ha añadido el Ministerio.

Respecto al pago para las prácticas agrícolas beneficiosas para el clima y el medio ambiente, se incorpora la prohibición del uso de productos fitosanitarios en aquellas Superficies de Interés Ecológico (SIE), que son o puedan ser productivas.

En el caso de España son los barbechos y los Cultivos Fijadores de Nitrógeno (CFN), cuando computen como SIE, ha precisado el Departamento.

De otro lado, se flexibilizan los requisitos exigidos en las SIE, de forma que los barbechos SIE reducen el periodo que no pueden destinarse a la producción agraria a 6 meses.

También hay novedades respecto a los CFN, pues a partir de ahora se permite su mezcla con otros cultivos que no tengan la capacidad de fijar nitrógeno, siempre que el CFN sea predominante en el terreno.

También se flexibilizan las condiciones requeridas en los cambios de titularidad de las explotaciones ganaderas

Además, el Real Decreto introduce diversos ajustes técnicos que mejoran la aplicación y eficacia en la gestión de los pagos directos, incluida la condicionalidad aplicada a los mismos, «de acuerdo con la experiencia adquirida a nivel nacional y europeo».

La idea es clarificar las condiciones del ejercicio de la actividad agraria y el régimen simplificado de ayudas para pequeños agricultores, así como realizar una adaptación de los trámites administrativos en la admisibilidad de parcelas y la elección de derechos de pago a activar en el régimen de pago básico.

Para mejorar la incorporación de jóvenes a la actividad agraria, se simplifican la normativa de las transferencias de derechos de pago básico para casos de expropiación forzosa o concentración parcelaria, al tiempo que da respuestas a situaciones específicas relacionadas con la gestión de la reserva nacional de derechos de pago, ha explicado el Mapama.

También se flexibilizan las condiciones requeridas en los cambios de titularidad de las explotaciones ganaderas, cuando el nuevo titular sea un joven agricultor, para poder percibir las ayudas asociadas a los ganaderos.

El Real Decreto también aborda la unificación de las fechas, de manera que a 31 de mayo habrá que cumplir con los requisitos relacionados con la solicitud única, cuyo plazo de presentación se mantiene del 1 de febrero al 30 de abril.

Aún así, se establece la posibilidad de que la ministra, a petición de una o varias comunidades autónomas, amplíe el plazo de presentación de la solicitud única, sólo en estas comunidades autónomas que lo han solicitado.

Por último, el Real Decreto promueve la colaboración entre los Organismos Pagadores y los Organismos de Certificación, en lo que respecta al intercambio de información relativa a los planes de control.

×