Unión de Uniones, ante las últimas noticias publicadas en la que una agricultora ha sido condenada a seis meses de cárcel por ceder grano de una variedad protegida de trigo, considera desproporcionadas las penas de prisión impuestas por el uso no comercial de semillas protegidas por royalties y pide una reforma de la legislación que afecta a estos derechos sobre variedades vegetales.

Unión de Uniones, desde el respeto a las decisiones del poder judicial, estima absolutamente desproporcionado el tratamiento que dispensa el Código Penal en relación a los fines agrarios de material vegetal protegido por derechos de propiedad, estableciendo penas que pueden llegar de 1 a 3 años de prisión y equiparando la posible condena a los agricultores que las usen exclusivamente en su explotación o sin fines lucrativos, con el de las empresas que las comercialicen de forma masiva.

COMPRAR SEMILLA CERTIFICADA «NO TE PUEDE CONDENAR A ESTAR PAGANDO CADA VEZ QUE DEJAS SIMIENTE O LLEVARTE A LA CÁRCEL SI LE HACES UN FAVOR A UN VECINO»

«Aquí estamos todo el día escuchando hablar de despenalizaciones, indultos y amnistías y tenemos leyes que pueden mandar a los agricultores a la cárcel por usar en su campo semillas de su propia cosecha», critican desde la organización.

Unión de Uniones opina que esto viene de la reforma del Código Penal de 2015, a la que ya se opuso la organización en su momento, que establece, la misma gravedad y las mismas penas como delito contra la propiedad intelectual el uso, ya sea agrario o comercial, de material vegetal protegido por derechos de obtentor sin autorización del propietario. «Esto es totalmente injusto porque no es igual el perjuicio que se ocasiona en un caso o en otro», señalan.

Desde Unión de Uniones se estima razonable que los obtentores reciban una remuneración por su labor de investigación que permite a los agricultores obtener mejores cosechas, pero considera que hay que revisar la legislación sobre los derechos sobre variedades vegetales, porque comprar semilla certificada «no te puede condenar a estar pagando cada vez que dejas simiente o llevarte a la cárcel si le haces un favor a un vecino», insisten.

La organización recuerda además que se ha de tener presente que tanto la normativa comunitaria (Reglamento 1768/95 de la Unión Europea) como la legislación española (Ley 3/2000 y Real Decreto 1261/2005) establece excepciones al derecho del obtentor de variedades vegetales para los productores agrarios.

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